Régimen Simple 2027: quién puede, tarifas y si te conviene
Por Nathalia Ardila
Actualizado el 7 de octubre de 2026 · 8 min de lectura
En pocas palabras
Al Régimen Simple de 2027 puede entrar una persona natural con empresa, o una sociedad de personas naturales, que en 2026 haya tenido ingresos menores a 100.000 UVT ($5.237.400.000). Te inscribes en el RUT hasta el 26 de febrero de 2027, pagas una tarifa sobre tus ingresos brutos (desde 1,2 % para tiendas) y quedas obligado a facturar electrónicamente.
El Régimen Simple de Tributación es un impuesto único y voluntario. Reemplaza el impuesto de renta y en el mismo pago incluye el ICA de tu municipio y, si vendes comida preparada, el impoconsumo. Se declara una vez al año y se paga por anticipado cada dos meses.
Tiene una diferencia de fondo con el régimen ordinario que conviene entender antes de decidir: el Simple cobra sobre lo que vendes, no sobre lo que te ganas. De eso depende, en buena parte, si le conviene o no a tu negocio.
Quién puede entrar en 2027
Puedes inscribirte si cumples todo esto:
- Eres una persona natural que tiene una empresa, o una sociedad cuyos socios son personas naturales residentes en Colombia.
- Tus ingresos brutos de 2026, ordinarios y extraordinarios, fueron menores a 100.000 UVT de 2026: $5.237.400.000. Esta cifra ya es oficial. Si el negocio es nuevo, el límite se mira con los ingresos del mismo año.
- Tienes RUT y cuentas con firma electrónica y factura electrónica, un requisito que agregó la Ley 2277 de 2022. Para empezar a facturar, la ley te da dos meses desde la inscripción.
- Si tienes otras empresas o eres socio o administrador de otras sociedades, los ingresos se suman para revisar el tope.
No pueden entrar, entre otros, quienes en realidad tienen una relación laboral disfrazada de contrato, las sociedades filiales o subsidiarias de otras, las entidades financieras y quienes se dedican a microcrédito, asesoría financiera, venta de energía, venta o importación de carros, importación de combustibles o armas (artículo 906).
Cuánto se paga en 2027
La tarifa depende de dos cosas: tu grupo de actividad y cuánto vendes en el año. Una diferencia importante con la renta: la tarifa que te toca se aplica sobre todos tus ingresos brutos, no por tramos.
| Ingresos brutos del año | Equivale en 2027 a | Tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías | Comercio al por mayor y al detal, servicios técnicos, talleres, industria y demás actividades | Expendio de comidas y bebidas, y transporte |
|---|---|---|---|---|
| Menos de 6.000 UVT | menos de ≈ $333,9 millones | 1,2 % | 1,6 % | 3,1 % |
| 6.000 a 15.000 UVT | ≈ $333,9 a $834,8 millones | 2,8 % | 2,0 % | 3,4 % |
| 15.000 a 30.000 UVT | ≈ $834,8 a $1.669,5 millones | 4,4 % | 3,5 % | 4,0 % |
| 30.000 a 100.000 UVT | ≈ $1.669,5 a $5.565 millones | 5,6 % | 4,5 % | 4,5 % |
Valor estimado
Valor estimado. Actualizaremos este artículo cuando la DIAN publique la resolución. Las tarifas en porcentaje y los rangos en UVT son los de la ley; los pesos de 2027 usan nuestra estimación de la UVT 2027 (≈ $55.650), explicada en UVT 2027: cuánto vale y qué cambia.
Algunos detalles que cambian la cuenta:
- Qué es una "tienda pequeña". La norma no la define por tamaño sino por actividad: un establecimiento cuya actividad principal es vender al detal alimentos, bebidas y tabaco, aunque venda otras cosas, siempre que no sea responsable del impoconsumo de comidas y bebidas.
- Comidas y bebidas. Si vendes comida preparada, a la tarifa del Simple se le suma el impoconsumo del 8 % (artículo 908, parágrafo 1). Revisa con tu contador cómo te aplica.
- Servicios profesionales, como consultorías o profesiones liberales, pagan entre 5,9 % y 14,5 %.
- Varias actividades. Si tienes dos, pagas la tarifa más alta de las dos.
- El ICA va incluido. Se paga dentro del Simple, y el Ministerio de Hacienda le gira a cada municipio la parte que le corresponde.
Lo que el Simple te quita de encima
- No te practican retención en la fuente y tú tampoco tienes que practicarla, salvo en pagos laborales (artículo 911).
- IVA. Si solo tienes una tienda pequeña, un minimercado, un micromercado o una peluquería, no eres responsable de IVA, sin importar cuánto vendas. Si eres persona natural con ingresos menores a 3.500 UVT, tampoco. Los demás inscritos responsables de IVA presentan una sola declaración anual de IVA, además de girarlo con los anticipos.
- Anticipos. Si eres persona natural y no superas 3.500 UVT de ingresos, no pagas anticipos bimestrales: solo la declaración anual.
- Descuentos. Puedes descontar del impuesto el 0,5 % de lo que te pagan con tarjeta y otros medios electrónicos, y los aportes a pensión que pagas por tus empleados.
Factura electrónica: obligatoria desde la inscripción
Todos los inscritos en el Simple deben facturar electrónicamente, incluso los que no son responsables de IVA. El artículo 915 da dos meses desde la inscripción para empezar. Si te inscribes en febrero de 2027, a finales de abril ya deberías estar facturando.
Ese plazo se va rápido si arrancas de cero: hay que escoger el software, tener firma digital, pasar el set de pruebas y pedir la numeración. El orden está en cómo habilitarse como facturador electrónico.
Plazos para inscribirte (o salirte) en 2027
- Si ya tienes RUT: actualízalo agregando la responsabilidad 47 (Régimen Simple) hasta el último día hábil de febrero: el 26 de febrero de 2027.
- Si te inscribes por primera vez en el RUT, puedes escoger el Simple en ese momento, en cualquier fecha del año.
- Si estás en el Simple y quieres volver al régimen ordinario en 2027, debes hacerlo antes del último día hábil de enero, que es el 29 de enero de 2027.
- Una vez adentro, cumple a tiempo. Si te atrasas más de un mes en un pago, la DIAN te excluye y no puedes volver al año siguiente (artículo 914).
La declaración anual del año 2026 vence entre el 15 y el 21 de abril de 2027, y los anticipos de 2027 arrancan en mayo. Las fechas por NIT están en el calendario tributario 2027.
Cambios recientes que debes conocer
- Ley 2277 de 2022. Reorganizó las tarifas, exigió firma y factura electrónica para entrar, sacó del IVA a las personas naturales del Simple con ingresos menores a 3.500 UVT, las liberó de los anticipos y creó una tarifa de 1,62 % para el reciclaje y la chatarra.
- Sentencia C-540 de 2023 de la Corte Constitucional. Tumbó el tope especial de 12.000 UVT que la Ley 2277 les había puesto a las profesiones liberales y las tarifas nuevas para servicios profesionales y para educación y salud. Para los servicios profesionales volvieron las tarifas de la Ley 2155 de 2021, de 5,9 % a 14,5 %, con el tope general de 100.000 UVT.
- Para 2027. A octubre de 2026 no hay una ley nueva que cambie el Simple. Si el Congreso aprueba cambios antes de enero, actualizaremos este artículo.
¿Le conviene a un negocio pequeño?
El Simple cobra un porcentaje de las ventas. La renta ordinaria de una persona natural se paga sobre la utilidad, y la parte de la renta líquida gravable que no pasa de 1.090 UVT tiene tarifa de 0 % (≈ $60,7 millones con la UVT estimada de 2027). Por eso el Simple tiende a convenirles a negocios con buen margen, y no tanto a uno que vende mucho y gana poco.
La tienda de doña Rosa
Doña Rosa tiene una tienda en Kennedy, a su nombre. En 2027 espera vender $260 millones y que le queden $26 millones después de pagar mercancía, arriendo, servicios y su ayudante.
En el Simple: $260 millones son ≈ 4.670 UVT, menos de 6.000. Paga 1,2 %: $3.120.000 en el año, con el ICA incluido. No es responsable de IVA porque es una tienda pequeña. Como pasa de 3.500 UVT, paga anticipos cada dos meses, y debe facturar electrónicamente.
En el régimen ordinario: su utilidad de $26 millones está muy por debajo de 1.090 UVT, así que su impuesto de renta sería de $0 si no tiene otros ingresos. Pagaría el ICA de su municipio, que para el comercio va entre 2 y 10 por mil: unos $1.040.000 si su tarifa es de 4 por mil. Pero con ventas por encima de 3.500 UVT sería responsable de IVA: tendría que cobrarlo en lo gravado, declararlo cada cuatro meses y facturar electrónicamente igual.
La cuenta: en impuestos, el Simple le cuesta unos $2 millones más al año. A cambio, no cobra ni declara IVA y no le hacen retenciones. Es una decisión para tomar con su contador, con los números de su propia tienda.
Lo que esto significa para tu negocio
- Haz la cuenta con tu margen, no solo con tus ventas. Si ganas poco sobre lo que vendes, el régimen ordinario suele salir más barato en impuestos.
- Si ya cruzaste el tope de IVA y tienes una tienda o una peluquería, el Simple es la forma legal de no ser responsable de IVA. Compara ese alivio con lo que pagarías de más.
- Decide antes del 26 de febrero de 2027. Después tendrás que esperar a 2028.
- Si entras, prepárate para facturar. Tienes dos meses desde la inscripción, y el trámite de habilitación tiene varios pasos.
- Si sigues en el régimen ordinario, revisa si eres responsable de IVA en 2027 y cuáles son tus fechas en el calendario tributario 2027.
Si te inscribes en el Simple y necesitas facturar en dos meses, Tin Pos ejecuta el set de pruebas de la habilitación cuando pulsas un botón y después facturas en la misma venta, desde el celular o el computador. Los planes y lo que incluye cada uno están en precios.
Fuentes
- Estatuto Tributario, artículo 905: quiénes pueden inscribirse en el Régimen Simple (tope de 100.000 UVT)
- Estatuto Tributario, artículo 908: tarifas del Régimen Simple por grupo de actividad, modificado por la Ley 2277 de 2022
- Estatuto Tributario, artículo 909: inscripción hasta el último día hábil de febrero
- Estatuto Tributario, artículo 910: declaración anual, anticipos bimestrales y exención de anticipos hasta 3.500 UVT
- Estatuto Tributario, artículo 915: factura electrónica dentro de los dos meses siguientes a la inscripción
- Estatuto Tributario, artículo 437, parágrafo 4: inscritos en el Simple que no son responsables de IVA
- Estatuto Tributario, artículo 241: tarifa de renta de las personas naturales (0 % hasta 1.090 UVT)
- Corte Constitucional, Sentencia C-540 de 2023: tope y tarifas del Simple para profesiones liberales
- Decreto 1091 de 2020 (Decreto Único Reglamentario 1625 de 2016, artículo 1.5.8.1.7): qué es una tienda pequeña, minimercado o micromercado
- Resolución DIAN 000238 de 2025: valor de la UVT para 2026 ($52.374)